Funciones de la Estructura Organizativa.
Ø La Dirección: La dirección es el órgano del centro educativo ejercido por la directora, quien es la primera autoridad y supervisora nata del mismo. La directora velará por que las actividades del centro educativo estén orientadas a lograr los objetivos del ideario de Fe y Alegría, del carisma concepcionista y del proyecto educativo. La dirección es responsable del acompañamiento integral del centro educativo. Ello hace que cumpla funciones relacionadas con el acompañamiento de actividades escolares no formales y otros programas promovidos por el centro educativo.
Ø Subdirección: La subdirección es el órgano del centro educativo ejercido por el subdirector(a), quien de forma inmediata colabora y comparte con la dirección sus actividades y responsabilidades, especialmente en la orientación de las actividades del centro educativo hacia los objetivos del ideario de Fe y Alegría, del carisma concepcionista y del proyecto educativo.
Ø Coordinación Pedagógica: Esta coordinación colaboraron la dirección en lo concerniente a generar y dinamizar el proyecto pedagógico del centro educativo; Es la instancia encargada de apoyar y orientar la gestión de aula, tanto del personal regular y auxiliar, como del suplente, pasantes y voluntarios que prestan sus servicios en el preescolar. Así mismo sirve de intermediaria entre el personal directivo y el personal docente.
Ø Consejo Directivo: Es el órgano colegiado del centro educativo encargado de la gestión ordinaria de funcionamiento, cuyo propósito es velar por la consecución de los objetivos del ideario de Fe y Alegría, del carisma concepcionista y del proyecto educativo.
Ø Consejo Técnico Docente: Es el órgano colegiado del centro educativo, cuyo objetivo principal está dirigido a garantizar el más alto nivel de calidad académica, el normal funcionamiento del centro educativo y velar por la consecución de los objetivos del ideario de Fe y Alegría, del carisma concepcionista y del proyecto educativo. Estará integrado por la directora, la subdirectora y los coordinadores o coordinadoras de cada etapa educativa.
Ø Consejo de Docentes: Es el órgano colegiado del centro educativo encargado reelaborar el plan anual del proyecto educativo y estará integrado tanto por el equipo directivo como por la totalidad del personal docente.
Ø Comunidad Educativa: Es aquella institución democrática, solidaria y participativa, cuyo propósito fundamental es el velar por la consecución de los objetivos del ideario de Fe y Alegría, del carisma concepcionista y del proyecto educativo. Son órganos de esta comunidad: El consejo consultivo, los docentes, la sociedad de padres y representantes y la organización estudiantil. Además podrán ser integrantes, todas aquellas personas relacionadas con el desarrollo de la comunidad en general.
Ø Las Coordinaciones de Educación Básica: Son funciones y atribuciones de los coordinadores y coordinadoras: Proponer soluciones a los problemas técnico – docentes del centro educativo; Asesorar técnicamente al personal docente, con particular énfasis en las gestiones de planificación y evaluación; Apoyar la participación y la colaboración de los padres y representantes en las actividades educativas y recreativas de los alumnos(as) del centro educativo.